Cargando
Abogados Res
  • El despacho
  • Servicios
    • Reclamaciones de consumidores
    • Denuncias de abuso bancario
    • Ley de segunda oportunidad
    • Conflictos Familiares
    • Derechos de los animales
  • Noticias
  • Sentencias
  • Contacto
  • Buscar
  • Menú Menú

Nulidad del diferencial añadido IRPH.

20 de junio de 2022/0 Comentarios/en Abogados Res, ABUSOS BANCARIOS, CLÁUSULAS ABUSIVAS, IRPH, Nuestras sentencias/por Abogados RES

El Juzgado especializado de Valencia nos ha estimado parcialmente la demanda de nulidad de la cláusula relativa al tipo IRPH por entender que, conforme recoge la Circular 5/94 del Banco de España, la incorporación de un diferencial positivo de 0,25% genera un desequilibrio contrario a la buena fe por lo que resuelve eliminando dicho diferencial y obligando a la entidad a devolver todo lo detraído en aplicación del mismo.

JUZGADO DE VALENCIA.

Entendemos, no obstante, que siguiendo el mismo argumento y la misma Circular, lo suyo hubiera sido que, para evitar ese desequilibrio al que expresamente alude la juzgadora, hubiera, además, incorporado el diferencial negativo que para ese caso orienta el Anexo IX de la misma Circular, lo que resultaría de nuestra completa satisfacción, pues todos los reproches que cabe realizar al tipo IRPH quedarían neutralizados con el adecuado diferencial negativo. Es una forma interesante de resolver la controversia y menos traumática que la nulidad de la cláusula con posterior integración.

Maite Ortiz, Abogada.

Etiquetas: ABOGADOS RES, ABUSOS BANCARIOS, IRPH, Maite Ortiz
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en Twitter
  • Compartir en Pinterest
  • Compartir en LinkedIn
  • Compartir en Tumblr
  • Compartir en Vk
  • Compartir en Reddit
  • Compartir por correo
https://abogadosres.com/wp-content/uploads/2022/06/juzgados-valencia.jpg.webp 422 768 Abogados RES https://abogadosres.com/wp-content/uploads/2022/05/logo-res-00.jpg Abogados RES2022-06-20 10:41:552022-06-20 10:41:56Nulidad del diferencial añadido IRPH.
Quizás te interese
Nuevo bofetón europeo a la justicia española.
Declarada nula una cláusula IRPH por incumplir la normativa vigente.
«DEFINITIVAMENTE, HEMOS GANADO.» ABOGADOS RES.
Nueva resolución del TJUE en relación con el IRPH: Más de lo mismo.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONALES CIERTOS ARTÍCULOS.
JOSE MARI ERAUSKIN – RECIENTE SENTENCIA NULIDAD CLÁUSULA IRPH.
0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Entradas recientes

  • La sentencia del TJUE de 13.7.23 abre las puertas para obtener la nulidad de la cláusula IRPH.
  • Jose Mari Erauskin, exposición clara de la sentencia del TJUE de 13.07.2023 sobre el IRPH.
  • EL IRPH DE NUEVO AL TRIBUNAL EUROPEO A PETICION DE ABOGADOS RES.
  • Nueva resolución del TJUE en relación con el IRPH: Más de lo mismo.
  • OPINIÓN DE JOSE MARIA ERAUSKIN sobre las adquisiciones de préstamos por los fondos buitre.

Tweets

abogados_res @abogados_res

Could not authenticate you.

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

Recibirás nuestras noticias y actualidad legal directamente en tu buzón de correo

Revisa tu bandeja de entrada o la carpeta de spam para confirmar tu suscripción.

Plaza Marugame, 8 bajo
20018 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN
GIPUZKOA
943 316 846 / 691 286 746
Fax: 943311266
despacho@abogadosres.com

INICIO

EL DESPACHO

CONTACTO

NOTICIAS

SENTENCIAS

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

POLÍTICA DE COOKIES

RECLAMACIONES DE CONSUMIDORES

DENUNCIAS DE ABUSO BANCARIO

DISPUTAS FAMILIARES

LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

DERECHOS DE LOS ANIMALES

© Copyright - Abogados Res - powered by Enfold WordPress Theme
LA NECESIDAD DEL DIFERENCIAL NEGATIVO.Entrevista a José María Erausquin, el abogado que llevó el IRPH a Europa...
Desplazarse hacia arriba